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ZONA OFICIAL => Asesoría / Papeleo / Denuncias => Mensaje iniciado por: VILASERGI en Junio 06, 2008, 09:52:58 AM

Título: LO NECESARIO PARA IR LEGAL.
Publicado por: VILASERGI en Junio 06, 2008, 09:52:58 AM
A parte de los papeles , documentacion como ciudano y conductor tengo una duda. Se comenta, pero como todo se exagera y la gente habla mucho..tengo dudas!

Es obligatorio el chaleco y un juego de luces??????
Título: LO NECESARIO PARA IR LEGAL.
Publicado por: rasa en Junio 06, 2008, 10:15:18 AM
En las motos el chaleco no

El juego de luces si :wink:
Título: LO NECESARIO PARA IR LEGAL.
Publicado por: uveefeerre en Junio 06, 2008, 02:36:39 PM
y las herramientas necesarias para poder cambiarlas, simplemente eso y nada mas, bueno sobra decir la documentacion obligatoria, pero nada mas.
salVdos.
Título: LO NECESARIO PARA IR LEGAL.
Publicado por: rasa en Junio 06, 2008, 04:28:54 PM
y el CASCO todo lo demas es superfluo

Ponte los gallumbos para no dar el espectaculo y ya ta :wink:
Título: Re: LO NECESARIO PARA IR LEGAL.
Publicado por: jcap en Junio 06, 2008, 05:32:41 PM
Cita de: "VILASERGI"A parte de los papeles , documentacion como ciudano y conductor tengo una duda. Se comenta, pero como todo se exagera y la gente habla mucho..tengo dudas!

Es obligatorio el chaleco y un juego de luces??????

Para ir en moto hay que tener muchas luces... :risa3:

La verdad es que no se dice nada del tema,pero al igual que los coches siempre es conveniente llevar un chaleco ,para dejarnos ver,  herramientas, y alguna bombilla para solventar cualquier imprevisto de noche.
de momento no obligan a nada de esto , ya que nuestros vehiculos no obstaculizan como un coche, pero es recomendable por si las moscas...
Saludos.
Título: mas cosas
Publicado por: VILASERGI en Junio 07, 2008, 12:50:00 AM
Logicamente,cuando le pongo la caja  a mi VFR llevo un chaleco por seguridad,por que una cosa es la obligacion y otra que implique mi vida y la seguridad de los demas...

Pero dime... si no tengo la caja...dnd pongo las putas luces?? en el bolsillo por si me caigo se me claven todos los cristalitos????

en fin...

Ademas, estoy seguro que como tenga la mala pata de fundir bombilla
no tengo cojones a cambiarla!


jajajaja

:lol:  :lol:  :lol:
Título: Re: mas cosas
Publicado por: jcap en Junio 07, 2008, 01:23:47 AM
Cita de: "VILASERGI"Logicamente,cuando le pongo la caja  a mi VFR llevo un chaleco por seguridad,por que una cosa es la obligacion y otra que implique mi vida y la seguridad de los demas...

Pero dime... si no tengo la caja...dnd pongo las putas luces?? en el bolsillo por si me caigo se me claven todos los cristalitos????

en fin...

Ademas, estoy seguro que como tenga la mala pata de fundir bombilla
no tengo cojones a cambiarla!


jajajaja

:lol:  :lol:  :lol:
No hace falta cajas para guardar bombillas...es simple.... Yo llevo dos bombillas led (infundibles e irrompibles) ya que no son de cristal, una de un polo  que me vale lara luces de posision , cruce o indicadores y otra de dos polos  para la luz de freno y caben perfectamente sueltas  por el hueco de la bateria o debajo del asiento donde estan las herramientas....

En caso de no querer llevar bombillas y se te funda la luz delantera ,pues hay que agudizar el ingenio.... Podemos quitar una bombilla del indicador delantero o trasero y hacer el cambio.... O si no, paramos a un coche y que nos de una bombilla de repuesto...
 :wink:
Título: LO NECESARIO PARA IR LEGAL.
Publicado por: Serguey en Junio 08, 2008, 01:32:57 AM
No se si lo que voy a decir es una tonteria, no seria de estrañar ya que son las 2:00 y estoy que me caigo de sueño, pero:

Donde pone que la V es bifaro, no me suana haberlo visto en la tarjeta de inspeccion tecnica, con lo que si se funde una bombilla por ejemplo de la luz de cruce y la G.C. no conoce la moto, como sabe si esta moto es  de las que solo utilizan un bobilla para cruze y dos para largas. :think:
Título: LO NECESARIO PARA IR LEGAL.
Publicado por: vectragt en Junio 08, 2008, 11:01:08 AM
si falla una bombilla no te diran nada. El problema es que se vayan las dos a la vez
Título: pero...
Publicado por: VILASERGI en Junio 09, 2008, 11:39:46 AM
Aun asi veo que esto de las bombillas se pasan...no se a vosotros en españa, pero los fillios de mala madre de los mosetes en catalunya...cuando van a por todas ..van a por todas!!!
Título: otra cuestion!!!
Publicado por: VILASERGI en Junio 09, 2008, 11:40:53 AM
Es obligatorio llevar las asaderas si llevas acompañante..? Creo que si, lo que no se hasta que punto te pueden multar...!
Título: LO NECESARIO PARA IR LEGAL.
Publicado por: Vigus en Junio 15, 2008, 04:40:08 PM
Si es monofaro si es recomendable llevar un juego, pero si es bifaro no entiendo el porque de llevar un recambio. Si hablamos de luces traseras o intermitentes la cosa cambia. Ahí si que lo veo necesario.
En algunos coches, el mio por ejemplo, en el manual de instrucciones te recomienda ir al concesionario para cambiar una  bombilla delantera.
Mi pregunta es; alguno de vosotros es capaz de cambiar la bombilla del faro delantero en mitad de una autopista y de noche?
Título: LO NECESARIO PARA IR LEGAL.
Publicado por: carmeloco en Junio 15, 2008, 05:01:39 PM
Cita de: "Josete"Si es monofaro si es recomendable llevar un juego, pero si es bifaro no entiendo el porque de llevar un recambio. Si hablamos de luces traseras o intermitentes la cosa cambia. Ahí si que lo veo necesario.
En algunos coches, el mio por ejemplo, en el manual de instrucciones te recomienda ir al concesionario para cambiar una  bombilla delantera.
Mi pregunta es; alguno de vosotros es capaz de cambiar la bombilla del faro delantero en mitad de una autopista y de noche?

En mitad de una autopista, no, porque además de peligroso, te pueden multar por ello, ya que solo puedes parar en autopista si la avería no te permite continuar, y una autopista suele estar iluminada, y deberías poder seguir hasta la primera salida que encuentres. Lo suyo es salir en la primera salida que puedas y cambiarla fuera de la autopista.
Título: Re: LO NECESARIO PARA IR LEGAL.
Publicado por: uveefeerre en Junio 16, 2008, 01:42:19 AM
Cita de: "VILASERGI"A parte de los papeles , documentacion como ciudano y conductor tengo una duda. Se comenta, pero como todo se exagera y la gente habla mucho..tengo dudas!

Es obligatorio el chaleco y un juego de luces??????



CitarReal Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Vehículos.

ANEXO XII ACCESORIOS, REPUESTOS Y HERRAMIENTAS

ÍNDICE



Anexo XII

Accesorios, repuestos y herramientas de los vehículos en circulación

Los vehículos de motor y los conjuntos de vehículos en circulación deben llevar, como mínimo, la siguiente dotación:

1. Un juego de lámparas de las luces que esté obligado a llevar de acuerdo con el artículo 16, en estado de servicio. Se exceptúa de llevar repuesto de la luz de cruce a los vehículos que incorporen un tipo de lámparas que garantice el encendido permanente de la luz de cruce (por ejemplo, las lámparas de descarga).

2. Herramientas indispensables para cambio de lámparas.

2.1. Los turismos, además del equipo señalado en el apartado 1:

Dos dispositivos portátiles de preseñalización de peligro que cumplan con las condiciones establecidas en el anexo XI.

Una rueda completa de repuesto o una rueda de uso temporal, con las herramientas necesarias para el cambio de ruedas, o un sistema alternativo al cambio de las mismas que ofrezca suficientes garantías para la movilidad del vehículo. En estos casos se circulará respetando las limitaciones propias de cada alternativa.

2.2. Los turismos destinados a servicio público, además del equipo señalado en los apartados 1 y 2.1: un equipo homologado de extinción de incendios, adecuado y en condiciones de uso.

3. Los camiones de masa máxima autorizada no superior a 3.500 kg. deberán llevar el equipo señalado en los apartados 1, 2.1 y 2.2, y además: un juego de lámparas, en estado de servicio, de las luces que esté obligado a llevar el remolque de acuerdo con el artículo 16.

4. Los autobuses, los camiones de masa máxima autorizada superior a 3.500 kg. y los conjuntos de vehículos no agrícolas solamente estarán obligados a llevar la dotación siguiente:

Un juego de lámparas de las luces que esté obligado a llevar de acuerdo con el artículo 16, en estado de servicio. Se exceptúa de llevar repuesto de la luz de cruce a los vehículos que incorporen un tipo de lámparas que garantice el encendido permanente de la luz de cruce (por ejemplo, las lámparas de descarga).

Un equipo homologado de extinción de incendios adecuado y en condiciones de uso.

Herramientas indispensables para cambio de lámparas.

Dos dispositivos portátiles de preseñalización de peligro, que cumplan con lo establecido en el anexo XI.

5. Los vehículos especiales de motor y conjuntos de vehículos especiales, deberán llevar, además del equipo señalado en el apartado 1: dos dispositivos portátiles de preseñalización de peligro, que cumplan con lo establecido en el anexo XI.

SalVdos.
Título: LO NECESARIO PARA IR LEGAL.
Publicado por: Vigus en Junio 16, 2008, 01:51:48 AM
Cita de: "carmeloco"
Cita de: "Josete"Si es monofaro si es recomendable llevar un juego, pero si es bifaro no entiendo el porque de llevar un recambio. Si hablamos de luces traseras o intermitentes la cosa cambia. Ahí si que lo veo necesario.
En algunos coches, el mio por ejemplo, en el manual de instrucciones te recomienda ir al concesionario para cambiar una  bombilla delantera.
Mi pregunta es; alguno de vosotros es capaz de cambiar la bombilla del faro delantero en mitad de una autopista y de noche?

En mitad de una autopista, no, porque además de peligroso, te pueden multar por ello, ya que solo puedes parar en autopista si la avería no te permite continuar, y una autopista suele estar iluminada, y deberías poder seguir hasta la primera salida que encuentres. Lo suyo es salir en la primera salida que puedas y cambiarla fuera de la autopista.

Carmeloco, cuando tienes razón te la doy, aunque las autopistas están iluminadas en las entradas de las ciudades.
Más que nada me referia a la complejidad que conlleva cambiar una bombilla. Si ya de por si es difícil en el garaje de tu casa, imaginate en la  gasolinera de una carretera.
Título: autopista
Publicado por: VILASERGI en Junio 17, 2008, 07:27:33 AM
Entre los nervios y la mala leche a ver quien se pone a cambiarla...no me quiero imaginar si me pasa como  reaccionaria....
Título: Re: autopista
Publicado por: uveefeerre en Junio 17, 2008, 05:14:13 PM
Cita de: "VILASERGI"Entre los nervios y la mala leche a ver quien se pone a cambiarla...no me quiero imaginar si me pasa como  reaccionaria....
pues imagino que con paciencia y tranquilidad, pq mas vale mosquearse por haber fundido una lampara y tenerla que cambiar, que tenerla que cambiar y encima tener que pagar un regalito por circular con esta fundida :wink:
SalVdos.
Título: LO NECESARIO PARA IR LEGAL.
Publicado por: vectragt en Junio 17, 2008, 11:39:17 PM
Lo mas sencillo si se funde, parais la moto y llamais a la grua con vuestro chaleco correspondiente, si llega trafico, pues que se ha parado y punto
Título: LO NECESARIO PARA IR LEGAL.
Publicado por: uveefeerre en Junio 18, 2008, 12:13:48 AM
Cita de: "vectragt"Lo mas sencillo si se funde, parais la moto y llamais a la grua con vuestro chaleco correspondiente, si llega trafico, pues que se ha parado y punto
pues no se que te saldra mas caró, pq por fundirse una bombilla creo que la grua del seguro no te cubre el traslado, pues son detalles de obligado conocimiento para el conductor, con lo que el seguno no creo que se negase a mandarla, pero te pondria en conocimiento que los gastos no correrian por cuenta del mismo si no por parte de tu bolsillo. :lol:  y lo del chaleco pues pssssss  :roll: , por tu seguridad si, pero como obligacion no creo pues no es obligatorio en moto. :wink:
SalVdos.
PD. venga hombre que no cuesta tanto el cambio 8)
Título: LO NECESARIO PARA IR LEGAL.
Publicado por: vectragt en Junio 18, 2008, 11:23:50 AM
Cita de: "uveefeerre"
Cita de: "vectragt"Lo mas sencillo si se funde, parais la moto y llamais a la grua con vuestro chaleco correspondiente, si llega trafico, pues que se ha parado y punto
pues no se que te saldra mas caró, pq por fundirse una bombilla creo que la grua del seguro no te cubre el traslado, pues son detalles de obligado conocimiento para el conductor, con lo que el seguno no creo que se negase a mandarla, pero te pondria en conocimiento que los gastos no correrian por cuenta del mismo si no por parte de tu bolsillo. :lol:  y lo del chaleco pues pssssss  :roll: , por tu seguridad si, pero como obligacion no creo pues no es obligatorio en moto. :wink:
SalVdos.
PD. venga hombre que no cuesta tanto el cambio 8)

haber uveefferre el truco esta en no decir la avería, sino contarle que da tirones....... y no te pueden cobrar un chavo, ya que los gruistas son gruistas, no mecánicos.
Despues en casita el cambio con traquilidad y unas fresquitas para el sofoco.
Yo pienso que en el garaje se cambian muy bien, pero en plena carretera nacional, a las 4 de la tarde con toda la calorina ni el tato se lia a cambiarlas
Título: LO NECESARIO PARA IR LEGAL.
Publicado por: FERNVFR en Junio 18, 2008, 12:33:56 PM
Cita de: "vectragt"
Cita de: "uveefeerre"
Cita de: "vectragt"Lo mas sencillo si se funde, parais la moto y llamais a la grua con vuestro chaleco correspondiente, si llega trafico, pues que se ha parado y punto
pues no se que te saldra mas caró, pq por fundirse una bombilla creo que la grua del seguro no te cubre el traslado, pues son detalles de obligado conocimiento para el conductor, con lo que el seguno no creo que se negase a mandarla, pero te pondria en conocimiento que los gastos no correrian por cuenta del mismo si no por parte de tu bolsillo. :lol:  y lo del chaleco pues pssssss  :roll: , por tu seguridad si, pero como obligacion no creo pues no es obligatorio en moto. :wink:
SalVdos.
PD. venga hombre que no cuesta tanto el cambio 8)

haber uveefferre el truco esta en no decir la avería, sino contarle que da tirones....... y no te pueden cobrar un chavo, ya que los gruistas son gruistas, no mecánicos.
Despues en casita el cambio con traquilidad y unas fresquitas para el sofoco.
Yo pienso que en el garaje se cambian muy bien, pero en plena carretera nacional, a las 4 de la tarde con toda la calorina ni el tato se lia a cambiarlas

los gruistas, segun me comento el ultimo, tienen obligacion de comprobar la averia, para evitar que se usen las gruas como transporte. tambien te digo que cuando se llevo la mia era el piñon de ataque y no comprobo nada. si no se desinfla un poco una rueda y dices que has pinchado. :roll:
Título: LO NECESARIO PARA IR LEGAL.
Publicado por: uveefeerre en Junio 18, 2008, 02:21:58 PM
Cita de: "FERNVFR"
Cita de: "vectragt"
Cita de: "uveefeerre"
Cita de: "vectragt"Lo mas sencillo si se funde, parais la moto y llamais a la grua con vuestro chaleco correspondiente, si llega trafico, pues que se ha parado y punto
pues no se que te saldra mas caró, pq por fundirse una bombilla creo que la grua del seguro no te cubre el traslado, pues son detalles de obligado conocimiento para el conductor, con lo que el seguno no creo que se negase a mandarla, pero te pondria en conocimiento que los gastos no correrian por cuenta del mismo si no por parte de tu bolsillo. :lol:  y lo del chaleco pues pssssss  :roll: , por tu seguridad si, pero como obligacion no creo pues no es obligatorio en moto. :wink:
SalVdos.
PD. venga hombre que no cuesta tanto el cambio 8)

haber uveefferre el truco esta en no decir la avería, sino contarle que da tirones....... y no te pueden cobrar un chavo, ya que los gruistas son gruistas, no mecánicos.
Despues en casita el cambio con traquilidad y unas fresquitas para el sofoco.
Yo pienso que en el garaje se cambian muy bien, pero en plena carretera nacional, a las 4 de la tarde con toda la calorina ni el tato se lia a cambiarlas

los gruistas, segun me comento el ultimo, tienen obligacion de comprobar la averia, para evitar que se usen las gruas como transporte. tambien te digo que cuando se llevo la mia era el piñon de ataque y no comprobo nada. si no se desinfla un poco una rueda y dices que has pinchado. :roll:
Efectivamente los gruistas estan obligados por parte del seguro, a intentar que el vehiculo/moto, funcione, de hacer sus comprobaciones y de seguir sin funcionar entonces haran el traslado, cierto es que muchos pasan imagino que por conveniencia de cobros.
En el caso de que desinfles la rueda y simules un pinchazo, es evidente que el gruista no te lo va ha reparar, pero ojo, el traslado y segun seguro no sera hasta el taller que tu digas o tu domicilio, sino hasta el taller de reparacion de neumaticos mas cercano, al menos eso ocurre en mafre 8) ., que si que la intencion es hacer el cambio en un sitio comodo, pues si, pero cada cosa en su sitio. 8)
SalVdos.
Título: LO NECESARIO PARA IR LEGAL.
Publicado por: Nebari en Junio 18, 2008, 04:30:56 PM
Muy mala leche tiene que tener la G.C. para pararte por llevar fundida una bombilla. La cantidá de latas que van con una fundida y ni dios dice, ni hace nada. Otra cosa es que si te paran te pidan ver el recambio. Aunque también hay que tener muy mala alma o haber dormido en el sofá la noche anterior  :lol:

De todas formas con paciencia y salivilla .... Yo a mi poderosilla no le he cambiado ninguna, creo que son infundibles (aún son las origen  8O ), pero cambié una de una VTEC en una Kdd pirenaica .... y tampoco es cosa imposible  :P

Edito: Bajo mi punto de vista es más complicado ajustar las luces que cambiar una bombilla.
Título: LO NECESARIO PARA IR LEGAL.
Publicado por: VILASERGI en Junio 19, 2008, 07:13:06 AM
tampoco es imposible...pero chunguillo y bajo segun condiciones.... ya puede ser a las 4 de la tarde con el solano , o bajo la lluvia o a las 2 de la mañana a oscuras!!!

:lol: 3 :lol:  :lol:  :lol:  :lol:  :lol:  :lol:  :lol:
Título: LO NECESARIO PARA IR LEGAL.
Publicado por: uveefeerre en Junio 19, 2008, 03:58:33 PM
Cita de: "VILASERGI"tampoco es imposible...pero chunguillo y bajo segun condiciones.... ya puede ser a las 4 de la tarde con el solano , o bajo la lluvia o a las 2 de la mañana a oscuras!!!

:lol: 3 :lol:  :lol:  :lol:  :lol:  :lol:  :lol:  :lol:
jeje y si a ello le sumas encima un  :dgt: delante tuya diciendote que o la cambias para seguir circulando o te da un regalito..... :? la cosa cambia ehhhh jjeje digo si cambia. :roll:
SalVdos.
Título: LO NECESARIO PARA IR LEGAL.
Publicado por: uveefeerre en Junio 19, 2008, 04:03:59 PM
Cita de: "Josete"............................................
En algunos coches, el mio por ejemplo, en el manual de instrucciones te recomienda ir al concesionario para cambiar una  bombilla delantera.
...........................
quiza tengas faros xenon, los cuales no es necesario llevar nigun tipo de repuesto, segun el reglamento general de vehiculos,  ademas de que se aconseja sean manipulados por personal adecuado. :roll:
Citar1. Un juego de lámparas de las luces que esté obligado a llevar de acuerdo con el artículo 16, en estado de servicio. Se exceptúa de llevar repuesto de la luz de cruce a los vehículos que incorporen un tipo de lámparas que garantice el encendido permanente de la luz de cruce (por ejemplo, las lámparas de descarga).
SalVdos.
Título: LO NECESARIO PARA IR LEGAL.
Publicado por: vectragt en Junio 20, 2008, 01:09:10 AM
Cita de: "uveefeerre"
Cita de: "Josete"............................................
En algunos coches, el mio por ejemplo, en el manual de instrucciones te recomienda ir al concesionario para cambiar una  bombilla delantera.
...........................
quiza tengas faros xenon, los cuales no es necesario llevar nigun tipo de repuesto, segun el reglamento general de vehiculos,  ademas de que se aconseja sean manipulados por personal adecuado. :roll:
Citar1. Un juego de lámparas de las luces que esté obligado a llevar de acuerdo con el artículo 16, en estado de servicio. Se exceptúa de llevar repuesto de la luz de cruce a los vehículos que incorporen un tipo de lámparas que garantice el encendido permanente de la luz de cruce (por ejemplo, las lámparas de descarga).
SalVdos.

depnde de los modelos, en el fiat stilo por ejemplo, es imposible cambiar la luz de cruce sin desmontar la bateria y la caja que sujeta esta, que va con tornillos de torx y con 2 tuercas de 13. Si para un guarcia civil no creo que pueda denunciar a esta persona, ya que no creo que nadie haga un curso de mecanico para poder cambiar una lampara.
en muchos renault  y en el derecho del ibiza pq me consta que es igual de jodido
Título: LO NECESARIO PARA IR LEGAL.
Publicado por: MadRAM en Junio 20, 2008, 08:30:25 AM
Cita de: "vectragt"
Cita de: "uveefeerre"
Cita de: "Josete"............................................
En algunos coches, el mio por ejemplo, en el manual de instrucciones te recomienda ir al concesionario para cambiar una  bombilla delantera.
...........................
quiza tengas faros xenon, los cuales no es necesario llevar nigun tipo de repuesto, segun el reglamento general de vehiculos,  ademas de que se aconseja sean manipulados por personal adecuado. :roll:
Citar1. Un juego de lámparas de las luces que esté obligado a llevar de acuerdo con el artículo 16, en estado de servicio. Se exceptúa de llevar repuesto de la luz de cruce a los vehículos que incorporen un tipo de lámparas que garantice el encendido permanente de la luz de cruce (por ejemplo, las lámparas de descarga).
SalVdos.

depnde de los modelos, en el fiat stilo por ejemplo, es imposible cambiar la luz de cruce sin desmontar la bateria y la caja que sujeta esta, que va con tornillos de torx y con 2 tuercas de 13. Si para un guarcia civil no creo que pueda denunciar a esta persona, ya que no creo que nadie haga un curso de mecanico para poder cambiar una lampara.
en muchos renault  y en el derecho del ibiza pq me consta que es igual de jodido

Lo que es obligatorio es llevar las lámparas y las herramientas necesarias para el cambio, pero no es obligatorio saber cambiarlas. Si te para la GC puedes decirle que no sabes y deberían ayudarte o cambiarla ellos. Y si no, pues llamas al de la grúa y que la cambie él.

Saludos.
Título: LO NECESARIO PARA IR LEGAL.
Publicado por: uveefeerre en Junio 20, 2008, 02:12:39 PM
Cita de: "MadRAM"
Lo que es obligatorio es llevar las lámparas y las herramientas necesarias para el cambio, pero no es obligatorio saber cambiarlas. Si te para la GC puedes decirle que no sabes y deberían ayudarte o cambiarla ellos. Y si no, pues llamas al de la grúa y que la cambie él.
Saludos.
lo de que es obligatorio llevar las lamparas y las herramientas totalmente de acuerdo, pero que no es necesario saber cambiarlas o que la GC te las cambie....venga por favor :? , creo que el que haga esto va apañao, no es obligacion por parte de la GC hacer lo que comentas, en un momento dado te podran auxiliar en ello, pero de ahi a cambiarlas ellos  :queno: , jeje lo que le faltaba a la GC es tenerse que aprender todos los modelos existentes en el mercado 8).
y si esperamos que el gruista nos la cambie la llevamos clara  :lol:
SalVdos.
Digo lo que ya hice en otro ms, tu llama al seguro de tu moto y dile a la operadora el motivo por el que necesitas la grua, a ver que te dice  8) .
SalVdos.
Título: LO NECESARIO PARA IR LEGAL.
Publicado por: Vigus en Junio 20, 2008, 02:48:14 PM
Cita de: "uveefeerre"
Cita de: "MadRAM"
Lo que es obligatorio es llevar las lámparas y las herramientas necesarias para el cambio, pero no es obligatorio saber cambiarlas. Si te para la GC puedes decirle que no sabes y deberían ayudarte o cambiarla ellos. Y si no, pues llamas al de la grúa y que la cambie él.
Saludos.
lo de que es obligatorio llevar las lamparas y las herramientas totalmente de acuerdo, pero que no es necesario saber cambiarlas o que la GC te las cambie....venga por favor :? , creo que el que haga esto va apañao, no es obligacion por parte de la GC hacer lo que comentas, en un momento dado te podran auxiliar en ello, pero de ahi a cambiarlas ellos  :queno: , jeje lo que le faltaba a la GC es tenerse que aprender todos los modelos existentes en el mercado 8).
y si esperamos que el gruista nos la cambie la llevamos clara  :lol:
SalVdos.
Digo lo que ya hice en otro ms, tu llama al seguro de tu moto y dile a la operadora el motivo por el que necesitas la grua, a ver que te dice  8) .
SalVdos.

Yo creo que depende un poco del :dgt: con el que te encuentres (o que te encuentre).
Título: LO NECESARIO PARA IR LEGAL.
Publicado por: uveefeerre en Junio 20, 2008, 02:59:30 PM
Cita de: "Josete"
Yo creo que depende un poco del :dgt: con el que te encuentres (o que te encuentre).
eso es evidente, de todo tipo como en todos sitios tiene que haber, pero no vengamos a exigir ni hacer obligaciones actuaciones voluntarias. 8)
SalVdos.
Título: LO NECESARIO PARA IR LEGAL.
Publicado por: uveefeerre en Junio 20, 2008, 04:14:45 PM
Cita de: "SERGUEY"No se si lo que voy a decir es una tonteria, no seria de estrañar ya que son las 2:00 y estoy que me caigo de sueño, pero:

Donde pone que la V es bifaro, no me suana haberlo visto en la tarjeta de inspeccion tecnica, con lo que si se funde una bombilla por ejemplo de la luz de cruce y la G.C. no conoce la moto, como sabe si esta moto es  de las que solo utilizan un bobilla para cruze y dos para largas. :think:
La cuestion no es que donde pone o no que la V es bifaro 8) sino la posicion que han de llevar las luces y focos dependiendo del nº que instale.

(http://img246.imageshack.us/img246/4543/dibujo66yx1.png)
SalVdos
Título: LO NECESARIO PARA IR LEGAL.
Publicado por: Vigus en Junio 20, 2008, 07:51:47 PM
Cita de: "uveefeerre"
Cita de: "Josete"
Yo creo que depende un poco del :dgt: con el que te encuentres (o que te encuentre).
eso es evidente, de todo tipo como en todos sitios tiene que haber, pero no vengamos a exigir ni hacer obligaciones actuaciones voluntarias. 8)
SalVdos.

Totalmente de acuerdo. :D
Título: LO NECESARIO PARA IR LEGAL.
Publicado por: MadRAM en Junio 23, 2008, 08:50:44 AM
Cita de: "uveefeerre"
Cita de: "MadRAM"
Lo que es obligatorio es llevar las lámparas y las herramientas necesarias para el cambio, pero no es obligatorio saber cambiarlas. Si te para la GC puedes decirle que no sabes y deberían ayudarte o cambiarla ellos. Y si no, pues llamas al de la grúa y que la cambie él.
Saludos.
lo de que es obligatorio llevar las lamparas y las herramientas totalmente de acuerdo, pero que no es necesario saber cambiarlas o que la GC te las cambie....venga por favor :? , creo que el que haga esto va apañao, no es obligacion por parte de la GC hacer lo que comentas, en un momento dado te podran auxiliar en ello, pero de ahi a cambiarlas ellos  :queno: , jeje lo que le faltaba a la GC es tenerse que aprender todos los modelos existentes en el mercado 8).
y si esperamos que el gruista nos la cambie la llevamos clara  :lol:
SalVdos.
Digo lo que ya hice en otro ms, tu llama al seguro de tu moto y dile a la operadora el motivo por el que necesitas la grua, a ver que te dice  8) .
SalVdos.

Jeje, al igual que el GC no tiene obligación de cambiarla tú tampoco tienes obligación de saber cambiarla. A lo que quería llegar es que no te pueden multar por no saber cambiar la lámpara si llevas el repuesto y las herramientas. Te quedas parao tranquilamente, intentas cambiarlas si te da la gana, si al GC le da la gana te ayuda y cuando el GC se aburra de esperar a tu lado y se largue ya harás tú lo que quieras, sin estar con los ojos del GC en el cogote (eso sí que pone nervioso) y sin multa. Si no llevas las lámparas o las herramientas sí que tienes multa :wink:

Un saludo.
Título: LO NECESARIO PARA IR LEGAL.
Publicado por: uveefeerre en Junio 23, 2008, 03:43:54 PM
Cita de: "MadRAM"
Cita de: "uveefeerre"
Cita de: "MadRAM"
Lo que es obligatorio es llevar las lámparas y las herramientas necesarias para el cambio, pero no es obligatorio saber cambiarlas. Si te para la GC puedes decirle que no sabes y deberían ayudarte o cambiarla ellos. Y si no, pues llamas al de la grúa y que la cambie él.
Saludos.
lo de que es obligatorio llevar las lamparas y las herramientas totalmente de acuerdo, pero que no es necesario saber cambiarlas o que la GC te las cambie....venga por favor :? , creo que el que haga esto va apañao, no es obligacion por parte de la GC hacer lo que comentas, en un momento dado te podran auxiliar en ello, pero de ahi a cambiarlas ellos  :queno: , jeje lo que le faltaba a la GC es tenerse que aprender todos los modelos existentes en el mercado 8).
y si esperamos que el gruista nos la cambie la llevamos clara  :lol:
SalVdos.
Digo lo que ya hice en otro ms, tu llama al seguro de tu moto y dile a la operadora el motivo por el que necesitas la grua, a ver que te dice  8) .
SalVdos.

Jeje, al igual que el GC no tiene obligación de cambiarla tú tampoco tienes obligación de saber cambiarla.  A lo que quería llegar es que no te pueden multar por no saber cambiar la lámpara si llevas el repuesto y las herramientas . Te quedas parao tranquilamente, intentas cambiarlas si te da la gana, si al GC le da la gana te ayuda y cuando el GC se aburra de esperar a tu lado y se largue ya harás tú lo que quieras, sin estar con los ojos del GC en el cogote (eso sí que pone nervioso) y sin multa. Si no llevas las lámparas o las herramientas sí que tienes multa :wink:
Un saludo.
A ver si con esto aclaramos ideas:
Reglamento General de la Circulación:

CitarArtículo 98.-Todos los vehículos que circulen entre el ocaso y la salida del sol o a cualquier hora del día en los túneles, pasos inferiores y tramos de vía afectados por la señal «Túnel» (S-5) deben llevar encendido el alumbrado que corresponda de acuerdo con lo que se determina en esta sección.

CitarAnexo XII.-Los vehículos de motor y los conjuntos de vehículos en circulación deben llevar, como mínimo (...) un juego de lámparas de las luces que esté obligado a llevar de acuerdo con el artículo 16, en estado de servicio (...) [y] herramientas indispensables para cambio de lámparas.

CitarArtículo 107.-Si, por inutilización o avería irreparable en ruta del alumbrado correspondiente, se hubiera de circular con alumbrado de intensidad inferior, se deberá reducir la velocidad hasta la que permita la detención del vehículo dentro de la zona iluminada.
TÍTULO V.
DE LAS INFRACCIONES Y SANCIONES, DE LAS MEDIDAS CAUTELARES Y DE LA RESPONSABILIDAD
CAPÍTULO PRIMERO.
INFRACCIONES Y SANCIONE:

CitarArtículo 65. Cuadro general de infracciones.-
4. Son infracciones graves las conductas tipificadas en esta Ley referidas a:
b. Paradas y estacionamientos en lugares peligrosos o que obstaculicen gravemente la circulación constituyendo un riesgo u obstáculo para la circulación, especialmente de peatones, en los términos que se determinen reglamentariamente.

c. Circular sin el alumbrado reglamentario en situaciones de falta o disminución de visibilidad o produciendo deslumbramiento a otros usuarios de la vía y en aquellos supuestos en los que su uso sea obligatorio.



Dicho queda y cada cual que lo interprete como quiera, la DGT tiene bien atado estos puntos asi que hallá cada uno. 8)



SalVdos.


PD.-A ver seamos mayorcitos que la GC no es tonta, te puede denunciar no por no saber cambiarla, simplemente te sancionara por circular con ella fundida.
Y si encima ellos ven que tu actitud es un poco digamos como de tomarles el pelo, como por ejemplo decir que no sabes cambiarlas, evidentemente con anterioridad habran sido amables y te habran invitado a cambiarla, de no serlos la multa ya te la habrian clavado por repito circular con ella fundida (art98).8) y encima si les diese la gana o bien te obligan a parar el coche en una zona de estacionamiento o si quieres seguir circulando a un taller para cambiarla previo pago claro está 8), si sera por tiempo... 8) que un servicio da para mucho  :wink:
Título: LO NECESARIO PARA IR LEGAL.
Publicado por: MadRAM en Junio 24, 2008, 09:32:51 AM
Cita de: "uveefeerre"PD.-A ver seamos mayorcitos que la GC no es tonta, te puede denunciar no por no saber cambiarla, simplemente te sancionara por circular con ella fundida.
Y si encima ellos ven que tu actitud es un poco digamos como de tomarles el pelo, como por ejemplo decir que no sabes cambiarlas, evidentemente con anterioridad habran sido amables y te habran invitado a cambiarla, de no serlos la multa ya te la habrian clavado por repito circular con ella fundida (art98).8) y encima si les diese la gana o bien te obligan a parar el coche en una zona de estacionamiento o si quieres seguir circulando a un taller para cambiarla previo pago claro está 8), si sera por tiempo... 8) que un servicio da para mucho  :wink:

Vamos a ver...
1º Voy con la luz fundida
2º Me para la GC
3º Llevo herramientas y bombillas de repuesto
4º Me pongo a cambiarla y no sé (realmente no sé, nunca lo he intentado ni necesitado)

¿Cómo continúa?  :roll:
¿Me ayudan a intentar cambiarla? Si no saben o no quieren, chungo. Dudo que me pudieran poner una multa por obligarme ellos a parar en un lugar inadecuado por tener una luz fundida que pudo fundirse hace 2 minutos y teniendolo todo en regla. Sinceramente, creo que lo que ocurriria sería que si les pido amablemente que me escolten a un lugar menos peligroso lo harían. Y allí tranquilamente te pones a intentar cambiar la bombilla, pero no en medio de la carretera en el sitio donde te mandaron ellos parar.

Sí que es verdad que si les dá la gana te ponen una multa, pero eso no quiere decir que sea verdad lo que dicen ni que sea justa. Si tiene el día cabron te va a poner multa por cualquier cosa y si te pones chulo hasta se inventan algo y es tu palabra contra la del GC, y la suya tiene más poder.  :evil:

Un saludo.
Título: LO NECESARIO PARA IR LEGAL.
Publicado por: uveefeerre en Junio 24, 2008, 05:09:32 PM
jejejje esta dando de si el tema ehh  :wink:
Cita de: "MadRAM"
Vamos a ver...
1º Voy con la luz fundida
2º Me para la GC
automaticamente ya te pueden sancionar por ir con ella fundida, sea durante  2,3 o 20 minutos con ella fundida, eso es lo que tu diras y como el tiempo no cuenta y lo que cuenta es el hecho pues lo dicho.(Artículo 98-
Cita de: "MadRAM"3º Llevo herramientas y bombillas de repuesto
es evidente que te diran que tienes que cambiarla con lo que en este punto no te podran sancionar por llevar lo legalmente necesario.
Cita de: "MadRAM"4º Me pongo a cambiarla y no sé (realmente no sé, nunca lo he intentado ni necesitado)
en este caso, y si quieres seguir circulando, recuerda que puedes disminuir la velocidad y dirigirte a una zona iluminada (Artículo 107) mas segura para intentarlo mejor, o bien para escapar del paso, decir que no puedes por dificultad y que seguiras segun el articulo anteriormente citado e ir a un taller, pero como se dice la GC no es tonta y te pueden decir, de acuerdo le acompañamos lo que puede conllevar que como los que no quieren la cosa comprueben la veracidad de lo que dices, pq si tu intencion es esquivarlos seguro que te pillan y entonces no te libra ni el papa, pq ya no te valdra el decir que tu obligacion no es saber efectuar el cambio. :wink:
SalVdos.

PD, creo que no tiene mas vuelta de hoja segun se puede interpretar la ley :roll:
Título: LO NECESARIO PARA IR LEGAL.
Publicado por: MadRAM en Junio 24, 2008, 09:17:25 PM
Cita de: "uveefeerre"jejejje esta dando de si el tema ehh  :wink:
Cita de: "MadRAM"
Vamos a ver...
1º Voy con la luz fundida
2º Me para la GC
automaticamente ya te pueden sancionar por ir con ella fundida, sea durante  2,3 o 20 minutos con ella fundida, eso es lo que tu diras y como el tiempo no cuenta y lo que cuenta es el hecho pues lo dicho.(Artículo 98-
Cita de: "MadRAM"3º Llevo herramientas y bombillas de repuesto
es evidente que te diran que tienes que cambiarla con lo que en este punto no te podran sancionar por llevar lo legalmente necesario.
Cita de: "MadRAM"4º Me pongo a cambiarla y no sé (realmente no sé, nunca lo he intentado ni necesitado)
en este caso, y si quieres seguir circulando, recuerda que puedes disminuir la velocidad y dirigirte a una zona iluminada (Artículo 107) mas segura para intentarlo mejor, o bien para escapar del paso, decir que no puedes por dificultad y que seguiras segun el articulo anteriormente citado e ir a un taller, pero como se dice la GC no es tonta y te pueden decir, de acuerdo le acompañamos lo que puede conllevar que como los que no quieren la cosa comprueben la veracidad de lo que dices, pq si tu intencion es esquivarlos seguro que te pillan y entonces no te libra ni el papa, pq ya no te valdra el decir que tu obligacion no es saber efectuar el cambio. :wink:
SalVdos.

PD, creo que no tiene mas vuelta de hoja segun se puede interpretar la ley :roll:

Bueno, ta bien... no sé pa que te lío tanto porque total, nunca llevo las bombillas de repuesto en moto :roll: ... y si me van a multar igual pues tampoco las voy a llevar ahora. También es verdad que nunca me las han pedido incluso una vez que me paró la policía local por ir con ella fundida y sólo encendía la de posición... no me multaron tampoco. Con la ley en la mano pueden multarte por casi cualquier cosa, creo que depende mucho de quien te toque y del día que tenga.

Un saludo.
Título: LO NECESARIO PARA IR LEGAL.
Publicado por: uveefeerre en Junio 25, 2008, 01:42:55 AM
Cita de: "MadRAM".......................................creo que depende mucho de quien te toque y del día que tenga.

Un saludo.
En eso creo que estamos totalmente deacuerdo :wink:, y recuerda en la moto de dia si te pueden multar por lo que ya hemos comentado, pero ojo en el coche si por cualquier motivo, sales de un tunel lugar donde es obligatorio llevar las luces de cruce encendidas y por cualquier caso se te olvida apagarlas con la puñetera casualidad que te pillan una fundida, pero ojo es de dia, nó pueden denunciarte por ello bajo ningun concepto, no hasta que pongan la obligatoriedad de circular como las motos es decir siempre con las luces de cruce encendidas sea de dia o no. (art.98-.
SalVdos.
PD.-yo que tu me pillaba un juego de luces, total por 7 o 10€ no merece la pena jugarsela y luego llevarse un regalito de bastante mas eurines.
Título: LO NECESARIO PARA IR LEGAL.
Publicado por: MadRAM en Junio 25, 2008, 08:13:34 AM
Cita de: "uveefeerre"
Cita de: "MadRAM".......................................creo que depende mucho de quien te toque y del día que tenga.

Un saludo.
En eso creo que estamos totalmente deacuerdo :wink:, y recuerda en la moto de dia si te pueden multar por lo que ya hemos comentado, pero ojo en el coche si por cualquier motivo, sales de un tunel lugar donde es obligatorio llevar las luces de cruce encendidas y por cualquier caso se te olvida apagarlas con la puñetera casualidad que te pillan una fundida, pero ojo es de dia, nó pueden denunciarte por ello bajo ningun concepto, no hasta que pongan la obligatoriedad de circular como las motos es decir siempre con las luces de cruce encendidas sea de dia o no. (art.98-.
SalVdos.
PD.-yo que tu me pillaba un juego de luces, total por 7 o 10€ no merece la pena jugarsela y luego llevarse un regalito de bastante mas eurines.

Lo de las luces diurnas para los coches no creo que tarden mucho en ponerlo. En el coche sí llevo el juego de luces de repuesto, pero en la moto... no es por dinero, es por el sitio. Casi siempre llevo top case, pero ahí irían botando todo el rato, además si salgo a dar una vuelta normalmente lo quito... y debajo del sillín no sé yo si entrarían, aunque tampoco lo he intentado nunca, ¿dónde las llevas tú? (como me digas que tú tampoco las llevas te salto a la yugular  :twisted:  :twisted: )

Un saludo.
Título: LO NECESARIO PARA IR LEGAL.
Publicado por: champa en Junio 25, 2008, 09:18:02 AM
Que tan poco es tan complicado, yo llevo una H4 y otras dos de dos filamentos, de las que venden en el carefour las llevo dentro del blister en el vienen debajo del asiento junto con el kit de los pinchazos.

Vsssssssss
Título: LO NECESARIO PARA IR LEGAL.
Publicado por: uveefeerre en Junio 25, 2008, 08:37:04 PM
Cita de: "MadRAM"y debajo del sillín no sé yo si entrarían, aunque tampoco lo he intentado nunca, ¿dónde las llevas tú? (como me digas que tú tampoco las llevas te salto a la yugular  :twisted:  :twisted: )

Un saludo.
pues la verdad que no las llevo :twisted:  :twisted:





































:risa3:  :risa3:  :risa3:  es coña Mad, pues precisamente las llevo perpetuas bajo el asiento, es como un estuche de gafas plano y bueno llevo la de cruce/carretera, una de matricula, una de doble filamento y una de intermitente, eso junto con el juego de herramientas van perpetuo en la moto, la verdad que no da para mucho mas, bueno algo mas si que entra pero ya es cuestion de exprimirse un poco la cabeza. :roll:
Saludos.
Título: LO NECESARIO PARA IR LEGAL.
Publicado por: uveefeerre en Julio 07, 2008, 12:08:30 AM
bueno pongo esta ultima consulta aqui, hecha por nuestro amigo y modereitor Rasa a un profesional del volante, (profesor de autoescuela) , espero que con ello se aclaren ciertas dudas :wink:
Cita de: "rasa"Ya tengo respuesta, os la pongo

Cita de: "toofastjuanito"hola rasa, yo entiendo que si, ya que el reglamento obliga a llevar el juego de lamparas y las herramientas que garanticen poder cambiarlas en caso necesario, en la autoescuela se supone que debemos enseñar a poner las cadenas, cambiar una rueda y cambiar las lamparas.....pero si a un alumno le cobras una practica de coche o moto por hacer eso....te puede fusilar, y el mercado se impone a la logica, como casi siempre en estos casos.

lamentablemente es asi, si le explicas a un alumno, como se desbloquea un volante, o accionar el climatizador, su primera reaccion como norma general, es preguntarte si eso se pide en el examen, vamos que si no se pide no le interesa.....te mira y piensa "no me hagas perder mi tiempo y mi dinero en esas chorradas....."

Lo cierto es que en el reglamento de examenes, se puede exigir, mirar niveles, cambiar una rueda, o unas lamparas. Mientras que no se pida en los examenes de forma habitual, poca gente lo aprendera, pero deben saberlo teoricamente.

espero haber contestado a tu pregunta.....pero en cualquier caso tengo en la autoescuela una guia detallada, de todo lo que se puede exigir en un examen de conducir, ya te digo que creo que si se tiene que saber cambiar unas lamparas. Te lo miro mas despacio cuando tenga un ratillo.

un saludo maxo.
SalVdos.