bueno pues ya es oficial, por no saber conducir me quitan el carne 1 mes, como te dejan elegir el mes en el año siguiente a partir de la resolucion escogi agosto y asi puedo seguir usando la moto para ir a currar. y en agosto iremos a un sitio cerca que Susana no es de zancada larga conduciendo.
Cita de: "FERNVFR"bueno pues ya es oficial, por no saber conducir me quitan el carne 1 mes, como te dejan elegir el mes en el año siguiente a partir de la resolucion escogi agosto y asi puedo seguir usando la moto para ir a currar. y en agosto iremos a un sitio cerca que Susana no es de zancada larga conduciendo.
8O 8O 8O Y cómo es eso???? Qué paso????
OTIA !!!! 8O
¿qué ha pasado?
Menuda movida, seguro que hiciste algo terrible e inconfesable. :wink:
Creo por un conocido que puedes partir la pena en dos igual te es más cómodo.
Lo siento.
Incluso puedes fraccionar la sanción por fines de semana, creo. Aunque no sé si esto depende de la Comunidad Autónoma en la que se haga.
Bueno, al menos te dejan elegir, pero en cualquier caso, es una putada.
8O 8O :? :think:
SalVdos.
Pues si, es jodido. Yo que soy carnívoro por naturaleza y el pescado me tira patras no se si aguantaría un mes sin carne. :lol:
bueno pues fue en el tunel de somosierra, km 103 creo de la carretera de burgos, limitacion a 80 y emocion del primer puerto que pasaba con el nuevo coche (un pepino por cierto mazda 6 2.3 sportive) y Susana despistada son una mezcla un poco negativa para los puntos de mi carne. quiero dejar claro que en ningun momento puse en peligro a nadie en la carretera porque a parte de que no habia circulacion son unas pequeñas curvas en bajada que la verdad son bonitas de tomar con alegria, simplemente eso con alegria.
la limitacion ahi ha estado de toda la vida a 100 de echo a mi padre le cogieron a 128 km/h ( a mi a 132 km/h) pero claro de 100 a 80 en la limitacion la cosa cambia.
resultado 300 euros, 4 puntos y un mes sin carne. sin olvidar el susto de la multa que me llego de 600 por no identificar al conductor cuando mande el fax reglamentario y ademas fui por trafico a hacer un escrito diciendo que era yo ya que tardaba en recibir ninguna noticia. por lo menos cuando ayer estuve en trafico me dijeron que esa sancion estaba ya terminada. en fin frustracion, impotencia, resignacion y sentirte victima del trafico pero a la vez te tratan como el delincuente. :?
OTIA.....mecagoentodoloquesemeneayenlaoscuridadnegra¡¡¡¡¡¡¡
Pues mira que lo siento Fern......pillatelo como tu dices en el mes que estes de vacaciones.......y como suelen decir mal de muchos consuelo de pocos........a Yola le cayerón 8O 540 lereles 8O y un mes de retirada..por aquel entonces no había puntos.........fotito en una zona limitada a 60 por obras y ella iba un poquito más rápido :roll: :roll: :roll:
Que pase rápido¡¡¡¡¡ :wink:
Mira que lo siento Fern..... y bienvenido a este lado de los retirados por un mes..... :lol: ....
Yo lo sufrí hace unos años y como tu has hecho elegí el mes de agosto por el tema del curro, lo malo fue que ese año las vacaciones las hicimos por Asturias y tuvo que conducir Laura y...... fueron las peores vacaciones del mundo ¡¡¡.... pero eso es otra historia :lol: :lol: :lol:
Espero que te pase pronto..... y por cierto, tu seguro no te cubre la retirada de carné ??... el mío me "premia" con 30 euros al día de retirada o algo así 8O 8O
UV'ss
Ya se donde te han emplumado, ese sitio está muy bien para recaudar, puedes ir a 130 o más sin peligro pero han puesto una señal de 80 y un radar para recaudar en condiciones. Se ve que cuando era a 100 no recaudaban bastante y por eso está a 80. A mi casi me empluman ahí con la moto y eso que lo conozco bien, pues pensaba que era a 100 como siempre y no era de 80, menos mal que delante iba un BMW que freno y yo también, le adelante a la altura del radar no me pesco de milagro. O eso creo porque no vi el flas y hace 6 meses del tema.
Al final pringaremos todos tal y como está el patio.
Cita de: "biker57"lo malo fue que ese año las vacaciones las hicimos por Asturias y tuvo que conducir Laura y...... fueron las peores vacaciones del mundo ¡¡¡.... pero eso es otra historia :lol: :lol: :lol:
Eso me va a pasar a mi :lol: :lol:
Cita de: "biker57"
Espero que te pase pronto..... y por cierto, tu seguro no te cubre la retirada de carné ??... el mío me "premia" con 30 euros al día de retirada o algo así 8O 8O
UV'ss
pues eso si que no lo he mirado :roll: :roll: gracias.
Jooooder, lo siento tio, ya se que radar me dices, a mi me pasó como a champa, al poquito de colocarlo.
Sales del tunel de somosierra, dirección burgos, emocionadillo con la subida al puerto, pasas el tunel y comienzas la bajada,
Además la bajada es bastante pronunciada creo que de 6%,
El radar se encuentra situado en la parte izquierda de la vía, es uno de los de tipo caja.
Menudo putadón, no obstante informate porque puedes fraccionarlo también en fines de semana.
Lo siento mucho fer. La verdad es q yo prefiero no pensarlo pq si me cojieran muchas, pero muchas veces con el coche me quedaba al menos 6 meses sin carnet.
Lo mejor que hubieras dicho que conducía ella (si es que tiene carnet claro) asi el daño era menor si no la gusta cojer el coche
Putadon putadon. Siento mucha la cazada.
Ademas de la pasta, los puntos, lo que me jode es la retirada 1 mes del "carné".
A ti en la Auto Escuela, no te dieron el "carné"
Pagaste y te dieron un carne para moto y volviste a pagar y te dieron el de coche.
No veo bien que te lo quiten entero pero en fin, a tragar.
Si te entra el mono, lo que puedes hacer es que te lleven a un Centro Comercial, coges el coche en el Parking, que no hay radares e infringes todas las normas. Direccion prohibida, giros contra dirección, fumando, hablando por el movil y con la ventana abierta para que se oigan las carcajadas. :evil:
Cita de: "DrNillo"Si te entra el mono, lo que puedes hacer es que te lleven a un Centro Comercial, coges el coche en el Parking, que no hay radares e infringes todas las normas. Direccion prohibida, giros contra dirección, fumando, hablando por el movil y con la ventana abierta para que se oigan las carcajadas. :evil:
:nono: :nono: :nono:
El estacionamiento de un centro comercial, es un estacionamiento privado de uso público, por lo que rige toda la normativa sobre tráfico y circulación de vehículos a motor
Cita de: "DrNillo"Si te entra el mono, lo que puedes hacer es que te lleven a un Centro Comercial, coges el coche en el Parking, que no hay radares e infringes todas las normas. Direccion prohibida, giros contra dirección, fumando, hablando por el movil y con la ventana abierta para que se oigan las carcajadas. :evil:
¿Desde cuando está prohibido fumar conduciendo? 8O 8O 8O
Cita de: "MadRAM"Cita de: "DrNillo"Si te entra el mono, lo que puedes hacer es que te lleven a un Centro Comercial, coges el coche en el Parking, que no hay radares e infringes todas las normas. Direccion prohibida, giros contra dirección, fumando, hablando por el movil y con la ventana abierta para que se oigan las carcajadas. :evil:
¿Desde cuando está prohibido fumar conduciendo? 8O 8O 8O
Que yo sepa todavía no, pero tal y como está el patio todo se andará.
Cita de: "champa"Cita de: "MadRAM"Cita de: "DrNillo"Si te entra el mono, lo que puedes hacer es que te lleven a un Centro Comercial, coges el coche en el Parking, que no hay radares e infringes todas las normas. Direccion prohibida, giros contra dirección, fumando, hablando por el movil y con la ventana abierta para que se oigan las carcajadas. :evil:
¿Desde cuando está prohibido fumar conduciendo? 8O 8O 8O
Que yo sepa todavía no, pero tal y como está el patio todo se andará.
Ah, qué susto! ya me estaba viendo adelantando el propósito de año nuevo de todos los años nuevos :lol: :lol:
Saludos.
Cita de: "MadRAM"Cita de: "champa"Cita de: "MadRAM"Cita de: "DrNillo"Si te entra el mono, lo que puedes hacer es que te lleven a un Centro Comercial, coges el coche en el Parking, que no hay radares e infringes todas las normas. Direccion prohibida, giros contra dirección, fumando, hablando por el movil y con la ventana abierta para que se oigan las carcajadas. :evil:
¿Desde cuando está prohibido fumar conduciendo? 8O 8O 8O
Que yo sepa todavía no, pero tal y como está el patio todo se andará.
Ah, qué susto! ya me estaba viendo adelantando el propósito de año nuevo de todos los años nuevos :lol: :lol:
Saludos.
seguro que no tardan, aun asi creo que fumar distrae algo, han prohibido otras cosas que veo menos peligrosas, como pasar de 120 en una recta de autovia de 20 km. en fin no creo que sea cuestion de nuestra seguridad.
Aqui te pongo el articulo en el cual se regula la retirada del permiso de conducción.
Está en el Real Decreto 339/1990, por el que se regula La ley de Tráfico y vehículos a motor.
Artículo 67. Sanciones. (Artículo modificado por Ley 17/2005)
1. Las infracciones leves serán sancionadas con multa de hasta 90 euros; las graves, con
multa de 91 a 300 euros; y las muy graves, de 301 a 600 euros. En el caso de infracciones
graves, podrá imponerse, además, la sanción de suspensión del permiso o licencia de conducción
por el tiempo mínimo de un mes y máximo de hasta tres meses, y en el supuesto de infracciones
muy graves se impondrá, en todo caso, la sanción de suspensión por el tiempo mínimo de un mes
y máximo de tres meses, todo ello sin perjuicio de las excepciones que se establecen en este
artículo.
El cumplimiento de la sanción de suspensión de la autorización para conducir podrá
realizarse fraccionadamente, a petición del interesado, en períodos que en ningún caso serán
inferiores a 15 días naturales. Se podrá establecer un fraccionamiento inferior al antes indicado en
el caso de los conductores profesionales, siempre que éstos lo soliciten y el cumplimiento íntegro
de la sanción se realice en el plazo de doce meses desde la fecha de la resolución de la
suspensión.
Las sanciones de multa podrán hacerse efectivas con una reducción del 30 por ciento
sobre la cuantía correspondiente que se haya consignado correctamente en el boletín de denuncia
por el agente o, en su defecto, en la notificación posterior de dicha denuncia realizada por el
instructor del expediente, siempre que dicho pago se efectúe durante los 30 días naturales
siguientes a aquel en que tenga lugar la citada notificación. El abono anticipado con la reducción
anteriormente señalada, salvo que proceda imponer además la medida de suspensión del permiso
o de la licencia de conducir, implicará únicamente la renuncia a formular alegaciones y la
terminación del procedimiento sin necesidad de dictar resolución expresa, sin perjuicio de la
posibilidad de interponer los recursos correspondientes.
Cuando el infractor no acredite su residencia legal en territorio español, el agente
denunciante fijará provisionalmente la cuantía de la multa y, de no depositarse su importe,
inmovilizará el vehículo. En todo caso, se tendrá en cuenta lo previsto en el párrafo anterior
respecto a la reducción del 30 por ciento y el depósito o el pago de la multa podrá efectuarse en
moneda de curso legal en España o de cualquier otro país con quien España mantenga tipo oficial
de cambio.
2. Las infracciones muy graves previstas en los párrafos i), j), k), l), m), n) y ñ) del
artículo 65.5 podrán ser sancionadas con multa de 301 hasta 1.500 euros.
En el supuesto de la infracción contemplada en el párrafo j), la conducción de un vehículo
sin ser titular de la autorización administrativa correspondiente, la sanción que se imponga llevará
aparejada la imposibilidad de obtener el permiso o la licencia durante dos años.
En el supuesto de la infracción muy grave contemplada en el párrafo m) del artículo 65.5,
la sanción de suspensión de la correspondiente autorización de los centros de enseñanza y
formación, sobre conocimientos y técnicas necesarios para la conducción, podrá ser de hasta un
año, y durante el tiempo que dure la suspensión su titular no podrá obtener otra autorización para
las mismas actividades. Todo ello sin perjuicio de que pueda ser declarada la pérdida de vigencia
de la autorización en los términos establecidos reglamentariamente, sin que pueda obtener otra
nueva autorización durante el año siguiente al que se haya notificado el acuerdo por el que se ha
declarado la pérdida de vigencia.
Los mismos efectos se producirán respecto a la infracción muy grave contemplada en el
artículo 65.5.n), por el incumplimiento de las normas reguladoras de la actividad de los centros de
reconocimiento de conductores en cuanto a la eficacia de su inscripción en las Jefaturas de Tráfico.
3. El que en un periodo de dos años hubiera sido sancionado en firme en vía
administrativa como autor de dos infracciones muy graves que lleven aparejada la suspensión del
permiso o licencia de conducción deberá cumplir el periodo de suspensión que le correspondiese
por la última infracción sin posibilidad de fraccionamiento.
4. La realización de actividades correspondientes a las distintas autorizaciones durante el
tiempo de suspensión de éstas llevará aparejada una nueva suspensión por un año al cometerse el
primer quebrantamiento, y de dos años si se produjese un segundo o sucesivos
:arrow: Espero que te sea util, un saludo muy fuerte
esplicado muy claro y conciso, gracias juanma.
Venga Fern, reconozcamoslo. eres un peligro publico. Mira que bajar por ahi a 132kmh. Pero estas loco, tio? No te excuses que te hemos visto como vas con la VFR, camicaze!!!!
Yo estoy mucho mas tranquilo ahora que hay un imprudente menos en la carretera.
Yo ya no me fio casi de ningun punto de nuestras carreteras pq aunque lo conozcas pueden plantar un tripode, o esconder un coche con radar, o ponerse en un puente, o seguirte con un helicoptero, o lo que sea, pero conozco ese sitio, y si un dia me cojen a mi por ahi despistao estrenado un mazda 6, me meten a la carcel y tiran la llave.
Vs y animo.
Joeeeeer, pues creo que delicuentes y peligro publico somos la mayoría. Esas bajadas, tanto de un lado como del otro. son "rapidillas". Lo que no sé es como no me han cazado, aún :evil: .
Lo siento Fer. Llévate la bici a las vacaciones :lol: