Bien, una vez se hablo d q fuera d españa si t caza un radar y no t paran no t llega la multa ni t kitan puntos.
Para ser multado deberia ser en caso d q t pararan y entonces habria q pagar in situ.
Alguien me puede garantizar q sea eso cierto? Estoy hablando d franciae italia ...
Cual creeis q seria una velocidad d crucero adecuada para no tener problemas con la autoridad d esos paises?
Gracias.
En italia no se, pero en francia con limite de 130 m/h., con no pasar de 140 no vas a tener problemas.Por lo menos yo me he marcado varios miles de kms y hasta la fecha sin recetas. 8)
En cuanto a que la multa no te llegue, que yo recuerde con Francia existe convenio de reciprocidad en ese tema.
a mi en francia, no con la moto, me han clavado multas por estacionamiento indebido, concretamente en Paris, y hasta la presente aun esoty esperando, de esto hace ya 2 años :roll: jeje pero este verano vuelvo a ir espero no encontrar en el puesto frances un cartel de SE BUSCA y mi foto :twisted:
saludos.
lo de las multas en el extranjero al menos de lo que yo conozco son distintas. Estan obligados a pararte para denunciarte y las denuncias hay q pagarlas en el acto. en portugal si te enganchan o pagas o esa noche duermes entre barrotes al estilo western pero si no te paran no pasa nada.
Por eso aqui los extranjeros van tan sueltos en las carreteras, el funcionamiento es el mismo
saludos
Creo que hace ya algún tiempo salió algo al rspecto. Si no recuerdo mal preguntaste tú no Vicente? :think:
O al menos algo se comentó.
Digo lo q entonces. Yo circulé por 8 paises con mi velocidad habitual de 150,. Con cabeza y sin locuras , claro.
Y nada de nada. Siendo güiri lo normal si te paran es q pagues ipso facto. Y los italianos son especialistas para con los españoles....... :lol: :lol:
V´sssssssss
Que yo sepa a fecha de hoy no existe ningun convenio a nivel administrativo, en lo penal si, con ningun pais del mundo. De hecho, y creo que a propuesta española, si existe un estudio a nivel europeo para poder tratar el tema de las sanciones cometidas en cualquiera de los paises miembros por conductores de dichas nacionalidades. Pero aun es poco mas que un proyecto.
De lo que si hay obligación es de pagar en el momento si te paran, en algunos paises disponen de medios electronicos para pagar con tarjeta y en otros hay que pagar a tocateja y si no lo mas normal es que el vehículo se quede inmovilizado hasta satisfacer la sancion.
Pues no, no hay convenio y eso significa que sólo pasaras por caja si te paran. Y naturalmente, no hay descuento de puntos. Hay que tener en cuenta que las cuantías son diferentes, el código es diferente, la puntuación es diferente, lo sancionable es diferente, vamos, que no hay unanimidad de criterio. Además, en relación a los puntos, sólo te puede descontar quien te los dio, o sea, la ley española en nuestro caso. Pero mucho cuidadito porque en otros países los márgenes de gracia son distintos cuando no inexistentes y las multas pueden ser de importes verdaderamente elevados, aparte de que, por ejemplo, en Francia, como te pillen a más del 50% del límite establecido, vas al trullo. Así que lo mejor es ir como van ellos (en donde estuvieres, haz lo que vieres)...
Por cierto, si estás en el extranjero y te toca pagar, conviene enviar escrito de alegaciones, por un lado por si suena la flauta y por otro, para evitar que algún "listillo" se quede con el dinero de las multas de algunos extranjeros (como hacía uno muy conocido aquí que suele salir en "el tomate")...
Cita de: "JAVI-SVQ"Creo que hace ya algún tiempo salió algo al rspecto. Si no recuerdo mal preguntaste tú no Vicente? :think:
O al menos algo se comentó.
Digo lo q entonces. Yo circulé por 8 paises con mi velocidad habitual de 150,. Con cabeza y sin locuras , claro.
Y nada de nada. Siendo güiri lo normal si te paran es q pagues ipso facto. Y los italianos son especialistas para con los españoles....... :lol: :lol:
V´sssssssss
En efecto mi kerido Javi!
Pr he kerido retomar el asunto por si alguien tenia nuevas experiencias o sabia algo nuevo.
La idea es una velocidad d crucero parecida a la q comenta Javi, sobre 150... y reducirla en cuanto el Raider me chille :risa3:
arolus,sabias decirme cual es el importe dlas multar por velocidad en italia y francia??
En el extranjero la cosa funciona así si te paran los agentes de tráfico tienes que abonar el importe de la sanción en el momento de lo contrario te quedas sin vehículo, el cual pasa al deposito policial hasta que se haga efectivo el importe de la denuncia, sobre puntos pues nada de nada.
Lo mismo les pasa a los extranjeros en nuestro país.
pues a mi man exao varias fotos en autopistas francesas y de momento na de na. Algunas a 170km/h
ahora que llevo el Rider que me avisa ya no me hacen afotos (que yo sepa)
Cita de: "vferrer19"... arolus,sabias decirme cual es el importe dlas multar por velocidad en italia y francia??
Pues no sé mucho, lo siento. Pero creo que en Francia, a los de la Cannon Ball, les metieron algunas de 6.000 €. Y también que en Francia hay muchísimos miles de conductores que conducen sin puntos, vamos, sin carnet para entendernos; y si hay un percance con alguno de ellos, supongo que el seguro se lavará las manos. Así que mucho cuidado...
Va Carolus, ahora me diras q por pasarte 30 o 40 km/h t meten 6.000€ ....
Si es asi me voy en bici :lol:
Cita de: "vferrer19"Bien, una vez se hablo d q fuera d españa si t caza un radar y no t paran no t llega la multa ni t kitan puntos.
Para ser multado deberia ser en caso d q t pararan y entonces habria q pagar in situ.
Alguien me puede garantizar q sea eso cierto? Estoy hablando d franciae italia ...
Cual creeis q seria una velocidad d crucero adecuada para no tener problemas con la autoridad d esos paises?
Gracias.
Si te paran, pagas, sino puedes estar tranquilo. Soy de Andorra y aqui te passaria lo mismo, y yo cuando salgo por españa y francia o me paran o no pago, de lo digo por que se muy muy bien como funciona el tema. :wink:
Gracias por aportar vustras experiencias y sabiduria, la cosa ya me va kedando clarita :wink: