Menú Principal

Noticias:

Ahora somos https://www.clubvfrspain.com Actualiza tus páginas guardadas,

Consultilla moto limitada a 34 cv

Iniciado por granadino, Octubre 14, 2004, 02:46:46 PM

granadino

Hola

He oido yo por ahi alguna vez que se puede tener una moto limitada en papeles.

No es para mi sino para un amigo, que se ha comprado mi ex CBR RR y no tiene los dos años de carnet (un poco locura, pero se ha empeñado en quedársela) ¿vosotros sabeis como se hace eso?¿conoceis alguien que lo pueda hacer?.

Me podeis contestar con un privado si lo preferís.

Mushas grasias!!!
Ya no tengo la VFR pero me sigue gustando

granadino

Se me ha olvidado explicaros que no existe un kit de limitación para la CBR 600 RR.
Ya no tengo la VFR pero me sigue gustando

ThunderBel

Holitas!

Te muevo el tema al foro de 'Asesoría jurídica'.

Personalmente no puedo ayudar (y si te soy sincera, discrepo con acciones de este tipo  :cry: )

Saludines!
Bel

Almanzor0

Seguro que hay algún taller que te permite que lleves la moto limitada sólo en papeles. Si lo encuentras, te harán firmar algún documento por el que te responsabilizas exclusivamente tú de dicha "jugada" al margen de la ley.

Pero ten en cuenta que en caso de siniestro te arriesgas a que el seguro tuyo o el del contrario (el que corresponda en cada caso) no se hará cargo de nada. Además, según el caso también, podrían intentar imputarte delitos como el de falsedad documental, imprudencia temeraria en la conducción.......

Como verás, no es muy aconsejable.
MGM  2.444

ansanga

De los papeles no tengo ni idea, pero si que es verdad que la cbr no tiene kit de limitación, se de un caso de uno que se compro una moto como la mia (el modelo anterior)y luego le toco venderla y comprarse una r6 porque no se podia limitar. De todas formas es un sacrilegio limitar estas motos. De todas formas creo que no es facil demostrar si una moto esta limitada o no, a no ser que te cojan a una velocidad excesiva.
Crónicas: [URL=[url="http://www.clubvfrspain.es/index.php?topic=31408.0%5DBorracho"]http://www.clubvfrspain.es/index.php?topic=31408.0]Borracho[/url] de olor a jungla virgen[/URL] / Corazón de Ulises / Al calor de la llama


EL_JAU

Mira, granadino, dile a tu amigo que por su bién, el de sus bienes presentes y futuros y los de su familia, se olvide conducir una moto sin limitar a 34CV, antes de hacer los dos años de carnet.
. En caso de accidente, la compañía aseguradora no cubrirá el importe de los daños, tanto personales como materiales, con lo que responderá el propietario y el conductor con su propio patrimonio, por que a efectos legales es como conducir sin tener carnet. Es el mismo caso de conducir borracho.  
La trampa que hace mucha gente es solicitar el kit de limitación que la marca homologa con la moto y su correspondiente certificado, que sólo expide el fabricante de la máquina. Con el kit y el certificado, se va a un taller que certifica que se lo han colocado (aunque no lo hayan hecho) y se van a la ITV para que reflejen en la ficha técnica que dicho kit está instalado. Lo que pasa es que las ITVs no tiene capacidad técnica para comprobar la potencia de dicha moto, y por tanto, sólo se limitan a cobrar la inspección y rellenar la ficha tecnica de la moto.
Desde ese momento ya puedes conducir la motocicleta sin ningún problema con los agentes o con el seguro.

Ahora, el problema de tu amigo es que la CBR RR no tiene homologado por Honda el kit de limitación correspondiente.  Por tanto, si la quisiera limitar tendría que buscar un técnico que le hiciera la limitación, un perito que le emitiese el certificado, pasarle la homologación y luego los trámites arriba indicados.  Y eso cuesta mucha pasta y mucho tiempo, y contando que encontrase a alguién que se lo hiciese.

Por tanto, si conduciera la moto sin limitar, a efectos legales es como si la llevará sin tener carnet A. Si le parase la guardia civil, sanción de 250.000 de las antiguas pesetas e inmovilización del vehículo.
Si tiene un accidente, todos los costes monetarios, responsabilidad civil e incluso responsabilidad penal para él.

Perdonar por el tocho, seguro que también hay algún error, pero esto es lo que he leido en revistas, en foros legales y sobre todo, en la asesoría juridica de la asociación pro mutua motera.

Un saludo a todos

Jaso_VFR

Por lo que yo se  es todo coo dice EL_JAUVFR, para qeu este liomitada en papeles tiene qeu estar homologada la limitacion.. o correr tu con los gastos de homologacion del kit,  (creo qeu te puede costar un web....) ademas de todo el lio burocrattico, en las motos de cenduro lo qeu pasa es qeu suelen venir ya con la limitacion homologada  en la ficha tecnica..pero luego el kit (restriccion de la entrada de aire en la caja delk filtro .. y restricciob en la entrada de gases del silencioso, asi como un kit de surtidores de alta baja y aguja, te los dan aparte  y si quieres los montas, lo se por qeu en la gas gas que me compre era asi, pero claro como yo  no necesitaba la limitacion  no la monte y el seguro lo hice  sin indicar qeu loa moto estaba lomitada  sino con la potencia real sin limitar, aunqeu en mi caso daba igual, por qeu solo le he utilizado en competicion

granadino

Yo tambien pienso que es arriegado no respetar la limitación, y peor tener una moto de 120 cv sin tener experiencia alguna, pero él se ha empeñado...

A veces piemso qie pese a su insistencia, si es un amigo, que lo es, no debería habersela vendido.

La primera vez que me permití una moto de mas de 100 cv yo tenía muchos miles de kilometros y años de carnet.

Gracias por vuestras opiniones,

Un saludo
Ya no tengo la VFR pero me sigue gustando

Jaso_VFR

Bueno por eso no te preocupes  un primo mio se cpmpro hace muchos años... (cuando eramos jovenes  jejeje) una ducati panta 500  y la unica moto que había llevado era una scorpion 50  5 minutos (y por cierto se callo), pero tenia cabeza  se saco el carnet  y empezo poquito a poco sabiendo que no podia buscar los limites de la moto .. sinirse al sulo y qeu tenia que ir poco a poco.. buno  tardo pero consiguio ir seguro con la moto exprimiendoala, con eso te quiero decir qeu l problema no son nunca los caballos, sino el coco de quien los maneja, si sabe tener cabeza  se evitará muchos problemas, eso si llevar una moto sin limitar  con menos de dos años  es empezar a querer complicarse la vida y mas como esta el tema. Por qeu el seguro en caso de accidente seguro qeu no se hace cargo de nada.

Jaso_VFR

¿Que pasa si me pillan con una moto con más caballos de los que me permite mi carnet de conducir?

Si te pillan con una moto de más potencia, por ejemplo si solo puedes llevar motos hasta 34CV, se te aplicará el mismo tratamiento que si estuvieras conduciendo sin carnet. La multa puede llegar a ser hasta de 1.500 €, pero lo que se viene aplicando es de unos 300 €.
A esto tienes que sumarle el agravante de que si tienes un accidente, el seguro no se hará cargo y todos los daños ocasionados en el mismo los tendrás que pagar tu...

Eso si, que si pueden descubrir que la moto no esta limitada en papeles, pero que realmente no este limitada?, pues no se si tienen alguna forma de saberlo sin meterte la moto en un  bamco de potencia, pero como te toque la china te has caido con todo el equipo...

RicardMN

No le será difícil encontrar quien se lo haga. Va bastante gente así, y mientras no pase nada (y normalmente no pasa), todo muy bien. Pero si pasa... se va a arrepentir siempre  :cry:

Mi opinión: soy totalmente contrario a eso  :stop:  :nono:  :queno:
RicardMN