Menú Principal

Noticias:

Modificadas las normas: mínimo 15 mensajes de participación para poder vender. INFO
¿Nuevo en el foro? Abre hilo en PRESENTACIONES y cuenta tu historia. También, por favor, léete las NORMAS

Convalidación carnet B con A-1

Iniciado por jtorcal, Octubre 23, 2004, 11:18:39 AM

jtorcal

Como por aquí hay alguno que sabe más que los ratones coloraos  8) , seguro que me sacáis de dudas:

aún conservo mi Honda NS 125 F, y con la nueva convalidación quisiera averiguar si mi mujer podría conducirla sin necesidad de sacarse el carnet A.

He leido que los requisitos son: antiguedad de 3 años con el B (que la cumple), que la moto tenga hasta 125 cc (también cumple) y que la potencia sea como máximo de 15 cv (11 kw).

Mi pregunta es: a que potencia se refiere: ¿fiscal, real, a la rueda, al embrague,...?

En la ficha técnica de la moto figura:

Potencia fiscal/real (C.V.F./kW):  1,98/16,3

Yo interpreto que son 1,98 cv fiscales y 16,3 kW reales. ¿Es así? En ese caso no podría conducirla  :evil: .

Venga, alguien que me aque de dudas, que quiero enseñar a mi mujer a montar (en moto) :lol: .

Saludos.
V'ssssss
Socio de la Mutua Motera nº 9.821

baiona

Creo que es así, esa moto tiene:

- Potencia fiscal: 16,3 kw

- Potencia real:16,3x1,36=22,17cv

Entonces no podría conducirla, pero podrías preguntar en un taller si se puede limitar.

*el 1,36 es el coeficiente por el que hay que multiplicar siempre la potencia fiscal para que te de la real.
Socio MGM nº:11259