Menú Principal

Noticias:

Modificadas las normas: mínimo 15 mensajes de participación para poder vender. INFO
¿Nuevo en el foro? Abre hilo en PRESENTACIONES y cuenta tu historia. También, por favor, léete las NORMAS

Cosas obligatorias a llevar

Iniciado por Bravo06, Enero 11, 2011, 04:54:35 PM

Bravo06

Abro este tema para ver si entre todos ponemos en claro que cosas son las que obligatoriamente debemos llevar cuando salimos con la moto.

Documentacion:
Ficha tecnica
Impuesto de circulacion
Informe de la ultima ITV y la pegatina puesta.

En principio ya no hay que llevar el papel del seguro aunque mientras mas facilitemos a los agentes la labor menos perretas suelen ponerse....


Cosas obligatorias:
Casco


Ya no es obligatorio llevar bombillas de respuesto ni en consecuente las herramientas necesarias para cambiarlas. No obstante es muy recomendable llevar al menos un repuesto de la luz de cruce y sus herramientas por si nos dejan tirados de noche.






Y ahora las "cosas":

hay que llevar bombillos de repuesto?
hay que llevar chaleco reflectante?
hay que llevar los triangulos? (jajajajajaja ya se que no.....)
hay que llevar el juego de herramientas?
hay que llevar rueda de repuesto? (juasjuasjuas)


Un saludo

holleros

Tus manuales aquí  [url="http://www.clubvfrspain.es/modules.php?name=Forums&file=viewtopic&t=8208"]http://www.clubvfrspain.es/modules.php?name=Forums&file=viewtopic&t=8208[/url]

Bravo06

Edito el primer post para dejarlo claro entonces....

lo de la documentacion esta correcto no?

y en el caso de las herramientas.... lo obligatorio son las necesarias para cambiar las luces no?

en el caso de las luces.... hay que llevar luces de todos los tipos?

un saludo

holleros

Si no a cambiado la legislación, para las luces exteriores, una de cada tipo.  8)
Tus manuales aquí  [url="http://www.clubvfrspain.es/modules.php?name=Forums&file=viewtopic&t=8208"]http://www.clubvfrspain.es/modules.php?name=Forums&file=viewtopic&t=8208[/url]

holleros

http://www.dgt.es/revista/archivo/pdf/num158-2003-papeles.pdf

CitarRelación de los papeles que obligatoriamente debemos llevar en nuestro vehículo y los que también son recomendables.

¿Cual es la documentación que obligatoriamente debo de llevar en mi vehículo?
Pues la documentación que tenemos que llevar en el vehículo es la siguiente:

   * Permiso o licencia de conducción (el carnet)
   * Permiso de circulación del vehículo
   * Tarjeta de características técnicas del vehículo
   * La pegatina e informe de la última ITV superada (en el caso de que el vehículo esté ya obligado a ello)

Otro documento que es recomendable llevar pero NO obligatorio es el recibo del seguro obligatorio y la póliza.
Todos éstos documentos pueden ser fotocopias siempre y cuando estén compulsadas.
Los documentos pueden ir plastificados.
Tus manuales aquí  [url="http://www.clubvfrspain.es/modules.php?name=Forums&file=viewtopic&t=8208"]http://www.clubvfrspain.es/modules.php?name=Forums&file=viewtopic&t=8208[/url]

Bravo06

sin embargo el documento que citas esta "caducado" por ejemplo el tema del seguro no hay que llevarlo como ya comente antes.

Pero es curioso ver las cuantias de las multas etc....

resulta curioso tambien que no pongan de cuanto es la multa por no llevar la pegatina

holleros

No estas obligado a llevarlo, pero si los agentes no lo pueden comprobar, en principio te multan y dispones de cinco días para presentarlo, con la consiguiente pérdida de tiempo, así que mejor llevarlo.
Tus manuales aquí  [url="http://www.clubvfrspain.es/modules.php?name=Forums&file=viewtopic&t=8208"]http://www.clubvfrspain.es/modules.php?name=Forums&file=viewtopic&t=8208[/url]

FERNVFR

Las bombillas de repuesto seguro que siguen siendo obligatorias :eh:

[move]

juanmavfr

Cita de: "Bravo06"sin embargo el documento que citas esta "caducado" por ejemplo el tema del seguro no hay que llevarlo como ya comente antes.

Pero es curioso ver las cuantias de las multas etc....

resulta curioso tambien que no pongan de cuanto es la multa por no llevar la pegatina

200 pavetes.
VFR 750 F= caña de España

juanmavfr

Cita de: "holleros"No estas obligado a llevarlo, pero si los agentes no lo pueden comprobar, en principio te multan y dispones de cinco días para presentarlo, con la consiguiente pérdida de tiempo, así que mejor llevarlo.
Si los  Agentes encargados de la vigilancia del tráfico comprueban a traves del FIVA que tienes el SOA caducado y tu no puedes demostrar que esta en vigor mediante un recibo te pueden inmovilizar la moto.

Creo que es mejor llevarlo. 8)
VFR 750 F= caña de España

Vicente

Desde hace unos meses, no se esta obligado a llevar bombillas de repuesto,
dado la complicacion del desmontaje de faros y pilotos de los vehiculos actuales.
La felicidad es un camino, no una meta, disfruta del viaje.(EN MOTO)


[URL=[url="http://imageshack.us/photo/my-images/829/8p3m.jpg/"]http://imageshack.us/photo/my-images/829/8p3m.jpg/[/url]][/URL]

holleros

Cita de: "Vicente"Desde hace unos meses, no se esta obligado a llevar bombillas de repuesto,
dado la complicacion del desmontaje de faros y pilotos de los vehiculos actuales.

Y donde aparece la modificación del reglamento?  8O
Tus manuales aquí  [url="http://www.clubvfrspain.es/modules.php?name=Forums&file=viewtopic&t=8208"]http://www.clubvfrspain.es/modules.php?name=Forums&file=viewtopic&t=8208[/url]

Vicente

Finalmente el Gobierno ha decidido modificar el Reglamento General de Vehículo, para solucionar el problema existente con las luces de repuesto. La modificación viene a resolver un problema que, sobre todo en los últimos años, se planteaba en los coches más nuevos y sus complejos y avanzados sistemas de iluminación.

Desde hace unos años, el desarrollo de los sistemas de iluminación de los nuevos vehículos ha condicionado totalmente una norma del Reglamento General de Vehículo, que es la que obligaba a todo conductor a llevar un juego de luces de repuesto en el vehículo. La incapacidad de los propietarios para cambiar los avanzados sistemas de iluminación que montan sus nuevos vehículos, había dejado obsoleta esta norma.

Un ejemplo claro en este sentido son por ejemplo, los faros de xenón, que reciben tensiones eléctricas de gran voltaje y que sólo pueden ser manipuladas en un taller por un especialista, porque en ocasiones hay que desmontar el parachoques, quitar la batería, etcétera. Este tipo de situaciones, son las que han desembocado en que el Gobierno modifique el reglamento General de Vehículo para suprimir la obligación de llevar luces de repuesto en el coche.

Durante el año 2007, más de 13.000 conductores fueron multados por no llevar las luces de repuesto. En esos casos los agentes de la Guardia Civil, cobraban una multa de 150 euros al infractor que no llevase el juego de luces de recambio en el mismo vehículo.
La felicidad es un camino, no una meta, disfruta del viaje.(EN MOTO)


[URL=[url="http://imageshack.us/photo/my-images/829/8p3m.jpg/"]http://imageshack.us/photo/my-images/829/8p3m.jpg/[/url]][/URL]

Vicente

A poco que se indage en la red,
hay montonadas de paginas en relacion a este tema.
La felicidad es un camino, no una meta, disfruta del viaje.(EN MOTO)


[URL=[url="http://imageshack.us/photo/my-images/829/8p3m.jpg/"]http://imageshack.us/photo/my-images/829/8p3m.jpg/[/url]][/URL]

Bravo06

Pues me ha costado encontrar la orden ministerial concreta :P

http://www.autoescuelasasociadas.org/noticias/informe_jornada_explicativa_reg_archivos/modif_reg_veh.pdf


Ya no hay que llevar obligatoriamente luces de repuesto, lo cual no quita que sobre todo la luz de cruce no sea harto recomendable.

Modifico el primer post entonces

FERNVFR

Cita de: "FERNVFR"Las bombillas de repuesto seguro que siguen siendo obligatorias :eh:


:whistle:

[move]

holleros

Cita de: "FERNVFR"
Cita de: "FERNVFR"Las bombillas de repuesto seguro que siguen siendo obligatorias :eh:


:whistle:

Los vehículos de motor y los conjuntos de vehículos en circulación deben llevar, como mínimo, la siguiente dotación:
1. Un juego de lámparas de las luces que esté obligado a llevar de acuerdo con el artículo 16, en estado de servicio. Se exceptúa de llevar repuesto de la luz de cruce a los vehículos que incorporen un tipo de lámparas que garantice el encendido permanente de la luz de cruce (por ejemplo, las lámparas de descarga).
2. Herramientas indispensables para cambio de lámparas.
[/b][/i]
Tus manuales aquí  [url="http://www.clubvfrspain.es/modules.php?name=Forums&file=viewtopic&t=8208"]http://www.clubvfrspain.es/modules.php?name=Forums&file=viewtopic&t=8208[/url]

FERNVFR

Cita de: "holleros"
Cita de: "FERNVFR"
Cita de: "FERNVFR"Las bombillas de repuesto seguro que siguen siendo obligatorias :eh:


:whistle:

Los vehículos de motor y los conjuntos de vehículos en circulación deben llevar, como mínimo, la siguiente dotación:
1. Un juego de lámparas de las luces que esté obligado a llevar de acuerdo con el artículo 16, en estado de servicio. Se exceptúa de llevar repuesto de la luz de cruce a los vehículos que incorporen un tipo de lámparas que garantice el encendido permanente de la luz de cruce (por ejemplo, las lámparas de descarga).
2. Herramientas indispensables para cambio de lámparas.
[/b][/i]

quieres decir que esto no vale?

http://www.autoescuelasasociadas.org/noticias/informe_jornada_explicativa_reg_archivos/modif_reg_veh.pdf

[move]

holleros

Cita de: "FERNVFR"quieres decir que esto no vale?

http://www.autoescuelasasociadas.org/noticias/informe_jornada_explicativa_reg_archivos/modif_reg_veh.pdf

Pues si vale. :)
Estaba buscándolo pero no había dado con ello.

CitarBOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 20 Sábado 23 de enero de 2010
Asimismo, se modifica el anexo XII, sobre accesorios, repuestos y herramientas de los vehículos, para suprimir la obligación de llevar un juego de lámparas de las luces del vehículo, pues cada vez más vehículos llevan un dispositivo de alumbrado que sólo se puede manipular en los talleres autorizados y no por el usuario.
[/i][/b]
Tus manuales aquí  [url="http://www.clubvfrspain.es/modules.php?name=Forums&file=viewtopic&t=8208"]http://www.clubvfrspain.es/modules.php?name=Forums&file=viewtopic&t=8208[/url]

FERNVFR


[move]