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Documentación

Iniciado por Murdock, Mayo 24, 2011, 06:11:24 PM

Murdock

Es probable que ya se haya hablado pero no lo encuentro:

Se puede llevar fotocopia de la documentación de la moto en lugar de la original?
Tiene que ser compulsada?
En tal caso, quién será el compulsador que me la compulse en un cielo desencapotado?
Supongo que será gratis por los cojones...

juanki

Creo que trafico fotocopia compulsada por ellos. :wink:
Un buen motero tiene equilibrio,juicio y buen ritmo

Maka

Cita de: "juanki"Creo que trafico fotocopia compulsada por ellos. :wink:

hace años cobraban en alava 5€ por cada sello. Me voy a comprar un sello de compulsar que me hago de horo ja, ja, ja..
Teoricamente si no no vale pero siempre te puedes hacer el tonto.
Si todo parece bajo control, entonces es que no estas yendo lo suficientemente deprisa.

Kepa

Antes decian que valian compulsadas por el ayuntamiento,pero un dia de tantos que me pararon los
txaraimas me dijeron que no valia que tenia que ser compulsado por trafico en Guipuzkoa me costo
20e y ojo que luego me he enterado que cuando pasas la itv tienes que volver a compulsar pregunte
cuando pase la itv del coche hace unos dias
Un saludo,agur
- futbol y +  carreras
Iraultza
2015

jcap

eso vas a la policia nacional y ellos mismos te ponen un sello  compulsando cualquier documento... y sin pagar
[url=https://ibb.co/ftfchT3][/url]

buho

Teoricamente la compulsa solo la deberia de hacer el organismo emisor del documento, o en su caso el receptor del mismo si fuera para entregarlo para algo. Pero normalmente si la compulsa biene de cualquier estamento oficial no deberias de tener mayor problema en carretera  :reza:  :reza:  :reza:

Un saludo :uvves:

apapucio

Cito lo que he leído por ahí:

"Para evitar molestos papeleos y desembolso económico en caso de sustracción o extravío, deje los originales en casa y lleve fotocopias del permiso de conducir, permiso de circulación, tarjeta ITV y del seguro obligatorio. La Dirección General de Tráfico las considera válidas siempre que hayan sido compulsadas y esté identificado el organismo o persona que haya hecho la compulsa. La legislación vigente también permite plastificar las fotocopias.

Pueden hacer la compulsa los fedatarios públicos (notarios, etc.) y las unidades provinciales de la Jefatura de Tráfico. También pueden compulsar los documentos, aunque no están obligados a ello, los ayuntamientos, las fuerzas de vigilancia, las administraciones autonómicas y el resto de órganos de la Administración Pública.

Si viaja al extranjero, lleve todos los documentos originales. Los convenios internacionales no contemplan la sustitución de la documentación del automóvil por fotocopias."

---------> Revista Tráfico

---------> Revista Tráfico

:uvves:

sz2006

De acuerdo con la legislación vigente cualquier funcionario de la administración de justicia con independencia de su rango y/o antiguedad está facultado para compulsar documentos.
VFR, la mejor moto fabricada por Honda, para unos pocos elegidos que sabemos valorarla

Kurry

Compulsar un documento es dar fe de que dicho documento es copia del original y eso solo lo puede hacer el organismo que lo expide, un notario o el secretario general del ayuntamiento.

Otro caso distinto es el cotejo que consiste en atestiguar que la copia que se presenta coincide con el original en todos sus extremos. Eso lo puede hacer cualquier funcionario público.