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Compulsar

Iniciado por Pulits, Abril 07, 2006, 08:30:51 PM

Pulits

Mi pregunta es la siguiente: el otro día lleve a compulsar
los papeles de la moto de mi chaval por aquello que son jovenes
y no saben donde tienen la cabeza y la Policia local me dijo
que si lo paraban o tenia algún percance que lo podrian multar por no
llevar los originales.
Entonces de que sirve compulsalos si te multan igualmente.

xj600

Em esto se aplica la maxima de que cada maestrillo tiene su librillo, yo pregunte en trafico y me dijeron que si, pero que tenian que compulsar ellos a 12 euros  8O asi me la compulse en el ayuntamiento gratis y la llevo de reserva, por si algun dia se queda atras los originales que no me multen, o por lo menos le cuento el royo al   :dgt: de turno
Honda VFR 800 ABS 25 Aniversario

biker57

Cita de: "Pulits"Mi pregunta es la siguiente: el otro día lleve a compulsar
los papeles de la moto de mi chaval por aquello que son jovenes
y no saben donde tienen la cabeza y la Policia local me dijo
que si lo paraban o tenia algún percance que lo podrian multar por no
llevar los originales.
Entonces de que sirve compulsalos si te multan igualmente.

y digo yo... donde dice que se pueden llevar documentos no originales, sean o no compulsados ??.... es que yo no lo había oido nunca esto  :oops:  :oops: .....

UV'ss
[URL=[url="http://img339.imageshack.us/i/tomtomdscf0337.jpg/"]http://img339.imageshack.us/i/tomtomdscf0337.jpg/[/url]][/URL]

Nebari

Pos sí Andrius, el dónde no lo sé pero sí. Pero como dice XJ tiene que ser la Delegación Provincial de Tráfico quien haga la compulsa.

Si está hecha en Tráfico sí es legal Pulits, no hagas caso a los municipales que tiran de libreta con mucha felicidad, digo ... facilidad   :risa3:

DrNillo

Que hay Pulits?
  El Zunzu (el colega de la GSX amarilla que conociste en Sitges
cuando la comida del NAF) trabaja en una notaria.
  Puedes llevar fotocopias compulsadas por un Notario o por
Trafico (en La Campana). Si quieres te doy su telefono y quedais.
Esta al lado del Paseo de Gracia.
En Trafico cobran creo que por documento pero si vas a la Notaria
aprovecha la Fotocopia a tope con varios documentos.

Pues bajando a Jerez, nos paro la Guadia Civil. Yo aun no las he
compulsado. Pero él las lleva y solo le multaron por no llevar
pasada la ITV.
Estuvieron comentando entre ellos las fotocopias y ningun problema.

Incluso he ido a pasar la ITV del coche con Fotocopias y ningun problema.

EL otro dia, esperando en el coche a mi padre, habia un Policia
Municipal en moto y le digo

- Oye, esoy un momento mal aparcado pero en el coche esperando
a un señor mayor.
- Vale
- Aprovecho, que dice el Codigo sobre llevar niños en moto?
Y me dice
- Solo se puede llevar si llega  a las estriberas.
- Entoncess puedo llevar un niño en una R1 y no puedo
 llevarlo en una Goldwing?
Y me dice
" Todas las estriberas estan a la misma altura"
Y ERA UN MUNICIPAL EN MOTO

le pregunte lo mismo al GC y me dijo que el Codigo no dice nada
Que va en criterio del que lleva la moto y es su responsabilidad.
Haber es un verbo, A ver es mirar, haver no existe. Haya es haber, Halla es encontrar, Allá es un lugar, Aya es niñera. Iba es de ir, Iva es un impuesto e Hiba no existe. Valla es un cartel grande, Vaya es ir y Baya es un fruto

biker57

Cita de: "Nebari"Pos sí Andrius, el dónde no lo sé pero sí. Pero como dice XJ tiene que ser la Delegación Provincial de Tráfico quien haga la compulsa.

Lo que pasa con estas cosas es que siempre dependes de la buena ostia qque esté la autoridad competente, es decir, si llevas fotocopias compulsadas por la delegación provincial de tráfico, o por el notario (como dice Drnillo), pero el señor autoridad tiene un mal día, igual te la cuela, y luego eres tu el que tiene que moverse para no pagar la denuncia... por eso preguntaba yo, que en que lugar (legislación), podriamos encontrar la respuesta.... de esa forma, uno se queda más tranquilo verdad ??

.... pos eso  :wink:

UV'ss
[URL=[url="http://img339.imageshack.us/i/tomtomdscf0337.jpg/"]http://img339.imageshack.us/i/tomtomdscf0337.jpg/[/url]][/URL]

biker57

Buscando buscando he encontrado esto.... fijaos en el segundo punto del artículo.

Copia exacta del artículo 26 del Reglamento General de Vehículos:

Artículo 26. Documentación de los vehículos.

1. El conductor de un vehículo queda obligado a estar en posesión y llevar consigo, así como a exhibir ante los agentes de la autoridad que se lo soliciten, los siguientes documentos:

a) El permiso de circulación o licencia de circulación en el caso de ciclomotores. El permiso de circulación podrá ser sustituido por una autorización provisional expedida por la Jefatura de Tráfico, que surtirá los mismos efectos.
b) La tarjeta de inspección técnica o el certificado de características técnicas en el supuesto de ciclomotores.
c) En los conjuntos de vehículos formados por automóviles que arrastran remolques o semirremolques cuya masa máxima autorizada sea inferior o igual a 750 kilogramos, la tarjeta de inspección técnica del remolque o semirremolque y en el reverso de la tarjeta de inspección técnica del automóvil figurará que lleva instalado un sistema de acoplamiento compatible con el del remolque, de acuerdo con la legislación vigente.

2. Los documentos a que se refiere el apartado 1 de este artículo serán originales, pudiendo ser sustituidos por fotocopias si están debidamente cotejadas.


.....y que se entiende por "debidamente cotejadas" ????

UV'ss
[URL=[url="http://img339.imageshack.us/i/tomtomdscf0337.jpg/"]http://img339.imageshack.us/i/tomtomdscf0337.jpg/[/url]][/URL]

jami111

Cita de: "biker57"Buscando buscando he encontrado esto.... fijaos en el segundo punto del artículo.


.....y que se entiende por "debidamente cotejadas" ????

UV'ss

Pos eso , que una autoridad competente le ha dado el visto bueno y puesto su sello

buho

Las compulsas solo deben hacerlas el organismo emisor (Trafico), el organismo solicitante (en el caso de documentos a entregar) o un notario (Siempre ke pa eso se le paga lo ke se le paga).

De todas formas normalmente vale la compulsa de cualquier organismo oficial, por ke aunke te denuncien una vez lo recurras podras demostrar que las copias presentadas al agente denunciante son fiel reflejo del original tal y como el dia X dio fe el funcionario J del Ayuntamiento de tu localidad y ante eso no hay na que hacer. En todo caso que le reclamen al del Ayuntamiento.

Un saludo.

uveefeerre

pues creo que esta mas que claro no 8O
fotocopia compulsada o cotejada por la DGT y fotocopia compulsada o cotejada del artículo 26 del Reglamento General de Vehículos:
2. Los documentos a que se refiere el apartado 1 de este artículo serán originales, pudiendo ser sustituidos por fotocopias si están debidamente cotejadas.
lo cual con obtener el nº de BOE correspondiente a su publicacion no seras mayor impedimento y ala todo juntito con el resto de la documentacion, ahora si ya el municipal se pode tonto pues....jejej eso lo dejo a gusto del usuario :wink:  :arrow:  :arrow:  :arrow:  :arrow:
:bienn: :bienn: :bienn: :bienn: :bienn:

asturgreen

La documentacion que se compulsa a nivel de vehiculos solamente lo puede ser por el organismo que la emite es decir DGT. Si tu vas con la documentacion a cualquier puesto de la GC, PN ...., no te lo deberian de compulsar porque ellos no emiten esa documentacion.

Relativo a lo de llevar a un niño en la moto, solo se podra llevar a niños mayores de 12 años, salvo que el vehiculo sea conducido por su padre, madre, tutor o mayor de edad autorizado. (Segun dice el Reglamento General de Circulacion, ART. 12, AP 2)
Luego cada uno es lo suficientemente, o deberia ser, responsable para saber lo que hace. Mi hija tiene 5 años y no se ha subido a la moto mas que en parado o para aparcarla (y ya es mucho !!!).
De Asturias

JAVI-SVQ

Cita de: "drnillo"
Y me dice
" Todas las estriberas estan a la misma altura"
Y ERA UN MUNICIPAL EN MOTO


Tiene cohones................... :evil:  :evil:

Por cierto q esto me sirve pa recordar q la primera moto a la q me subí con 4 ó 5 años era de un Policía Local colega de mi padre............ Qué tiempos!!! :roll:  :roll:  :roll:

V´ssssssssssssss
SALUDOS DESDE SEVILLA, CIUDAD DEL BETIS....

tochito

Bueno os comento, trabajo en Notaria y cualquier documento TESTIMONIADO (que no compulsado) por el Notario es exactamente a su original, por lo que perfectamente puedes llevarlo sustituyendo a los originales.-

Otra cosa es que la  :dgt: , se ponga tontita y te diga que eso no vale..........inggggg incorrecto.- Es más te puedes poner hasta chulo (no es recomendable) y pedir hablar con su superior e indicarle que si quieren vas drectamente al juez a enseñarle los documentos a ver que es lo que opina.... :lol:  :lol: .-

Nebari

Cita de: "tochito"Bueno os comento, trabajo en Notaria y cualquier documento TESTIMONIADO (que no compulsado) por el Notario es exactamente a su original, por lo que perfectamente puedes llevarlo sustituyendo a los originales.-

Otra cosa es que la  :dgt: , se ponga tontita y te diga que eso no vale..........inggggg incorrecto.- Es más te puedes poner hasta chulo (no es recomendable) y pedir hablar con su superior e indicarle que si quieren vas drectamente al juez a enseñarle los documentos a ver que es lo que opina.... :lol:  :lol: .-

Ahí Tochito ahí, con dos 00  :lol:  :lol: . Pero no convien ponerse chulito porque como el  :dgt: sea tontín lo que vas a conseguir es que te casque la multa y aunque luego te la anulen pero ya tienes que molestarte en recurso y tonterías desas. Un follón.

Pero valer ... tienen en mismo valor que las originales.  :wink:

xj600

La excusa que me pusieron en la dgt es que cuando ellos realizan la compulsa verifican que el carnet no este retirado, cosa que no pueden hacer en notarias, ayuntamientos etc., por eso son ellos unicamente los que pueden hacerlo.

Me dio ganas de decirle que si tenia el carnet retirado como iva a ser la consulta?, pero vamos no quise insultar la inteligencia de aquel funcionario de trafico  :roll:
Honda VFR 800 ABS 25 Aniversario

tochito

Cita de: "xj600"La excusa que me pusieron en la dgt es que cuando ellos realizan la compulsa verifican que el carnet no este retirado, cosa que no pueden hacer en notarias, ayuntamientos etc., por eso son ellos unicamente los que pueden hacerlo.

El Notario está dando fe de que el testimonio que esta realizando es exactamante igual al documento que se le ha exhibido al efecto..........en ningun momento puede saber si ese documento esta retirado, si el padre del que lo lleva a testimoniar es gay o si la madre esta poniendole los cuernos con algún tio o tia.-

uveefeerre

a mi pensar para realizar la compulsa o cotejamiento del documento es mejor en la DGT por la sencilla razon que por muy caro que te salga siempre va ser mas barato que un notario, imagino, ademas  que todo esta cambiando el nuevo modelo y si ademas tiens mas de un permiso en el dichoso papelito y se caduca pues ala a renovar y nuevamente copia al notario?, no se no se creo que es lo mas bartatito y conveniente la DGT. :wink:
:bienn: :bienn: :bienn: :bienn: :bienn:

tochito

Cita de: "uveefeerre"....por muy caro que te salga siempre va ser mas barato que un notario.......

Me vas a espantar a los clientes......... :twisted:  :twisted: .-

uveefeerre

Citartochito: Me vas a espantar a los clientes.........
en la notaria atienden mejor......... 8O  8O
mejor tochito?? :wink:  :wink:
:bienn: :bienn: :bienn: :bienn: :bienn:

jami111

Cita de: "uveefeerre"
Citartochito: Me vas a espantar a los clientes.........
en la notaria atienden mejor......... 8O  8O
mejor tochito?? :wink:  :wink:

Ademas hay menos colas :lol: